En
un principio el Día del Empleado de Comercio se iba a festejar el 26
de septiembre, día estipulado por
la Ley 26.541. Sin embargo, la Federación Argentina de Empleados de Comercio
y Servicios (Faecys) anunció que este año se celebrará el próximo lunes 30.
De esta manera, el último día del mes será un
día de descanso para todos los trabajadores del sector, ya que se espera que
los supermercados, shoppings y locales comerciales cierren sus puertas.
“La Federación Argentina de Empleados de
Comercio y Servicios y las Cámaras Empresarias de Comercio han acordado, en uso
de su autonomía colectiva, trasladar la conmemoración del día del Empleado
de Comercio al lunes 30 de septiembre del corriente año, para que ese día los
trabajadores tengan su reconocimiento con todos los alcances de la Ley”,
detallaron en un comunicado publicado en su página oficial.
Según detallan desde la Faecys, este
feriado alcanza únicamente a aquellos trabajadores que se desempeñen como
empleados u obreros en cualquiera de las ramas del comercio o en
actividades civiles con fines de lucro o como administrativos en explotaciones
industriales en general.
Al respecto, Miguel Aolita, secretario
general del gremio en Bahía, le dijo a BHInfo:
“Todos los años se corre, o al lunes anterior o al lunes posterior. Como cae
jueves 26 de septiembre, se pasó al lunes 30, que es feriado nacional no
laborable”.
¿QUÉ
NEGOCIOS PODRÍAN CERRAR EL 30 DE SEPTIEMBRE?
En esta jornada, los siguientes
establecimientos podrían permanecer cerrados en todo el país:
- Supermercados
- Shoppings
- Tiendas de ropa
- Calzado
- Casas de electrodomésticos
- Kioscos
- Librerías
- Almacenes
- Carnicerías
- Verdulerías
DERECHOS
Y OBLIGACIONES DE LOS EMPLEADOS
- Descanso
obligatorio: la ley asimila el
Día del Empleado de Comercio a un feriado nacional, otorgando a los
trabajadores la posibilidad de tomarse el día libre sin recibir sanciones.
- Pago
doble: en caso que un empleado
decida trabajar, la ley estipula que deberá percibir el doble de su salario
diario.