La ARCA formalizó este jueves, con la Resolución General 5.628 publicada en el Boletín Oficial, que los juicios de ejecución fiscal y las medidas cautelares quedan suspendidos hasta el 30 de junio de 2027. Ese día es el último de la suspensión. El organismo también amplió el plan de facilidades de pago para MiPyMEs, pequeños contribuyentes, el sector de la salud y entidades sin fines de lucro.
La suspensión comprende a las MiPyMEs de los Tramos 1 y 2 que tengan vigente el "Certificado MiPyME" cuando se dictó la norma. Incluye además a las personas humanas y sucesiones indivisas que sean pequeños contribuyentes, a las entidades sin fines de lucro y a quienes pertenecen al sector de la salud. En la resolución, la ARCA aclaró que podrá actuar igual ante un grave perjuicio para los intereses del Fisco, prescripción inminente o caducidad de instancia.
Las medidas habían sido anunciadas por el ministro de Economía, Luis Caputo, durante la 32.ª Conferencia de la Unión Industrial Argentina (UIA). El objetivo era darle a las empresas “herramientas que fomenten su desarrollo, el impulso del empleo y el crecimiento de las exportaciones”.
En paralelo, la ARCA modificó la Resolución General 5.875 para que los contribuyentes puedan regularizar más fácil sus obligaciones tributarias, aduaneras y de los recursos de la seguridad social. El régimen especial pasa a incluir deudas tributarias y multas aplicadas con vencimiento el 31 de octubre de 2026 o antes, cuando el límite anterior era el 30 de junio de 2026. El último día para pedir la adhesión es el 30 de junio de 2027, en la plataforma web "Mis Facilidades".
La norma rige desde que se publicó, pero el sistema recién permitirá cargar las deudas con vencimiento al 31 de octubre desde el 16 de noviembre de 2026.