

El Gobierno recibió
con satisfacción el sobreseimiento de Javier Milei y de su hermana Karina en la
causa Libra, que investigaba una presunta estafa vinculada con el lanzamiento
y la promoción de una criptomoneda en febrero de 2025. En la Casa Rosada consideran que la resolución judicial respalda la
posición que mantuvieron desde el comienzo de la investigación, aunque no
existe una postura uniforme sobre la conveniencia de pronunciarse públicamente.
“La verdad triunfa
por sí misma, la mentira necesita siempre complicidad”, posteó en su cuenta
de Instagram el presidente Javier Milei.
“Se hace justicia”,
expresó un funcionario de primera línea del Ejecutivo después de conocerse el
fallo. En otros sectores de Balcarce 50 eligieron mantener una posición más
reservada y evitaron realizar valoraciones sobre la decisión del juez federal
Marcelo Martínez de Giorgi. “No opinamos
de causas en trámite ni de causas finalizadas o resueltas”, sostuvo otra fuente
oficial.

La reacción pública
más contundente llegó desde el entorno del Presidente a través de Santiago
Caputo. El asesor presidencial publicó un mensaje en su cuenta de X en el
que cuestionó la investigación y sostuvo que las denuncias respondieron a una
intención de perjudicar políticamente al jefe de Estado. Su intervención contrastó con la cautela que transmitieron otros
integrantes de la administración libertaria.
“Esta causa va a ser
estudiada como la causa más pelotuda de la historia en donde hicieron un
escándalo de un hecho inexistente solo para dañar al Presidente”, escribió
Caputo. Luego agregó: “Por supuesto no veremos ni un solo pedido de disculpas
de los hijos de puta de siempre”. El
mensaje apuntó contra quienes impulsaron o cuestionaron públicamente el caso,
aunque el asesor no identificó destinatarios específicos.
La resolución fue dictada este viernes por Martínez de Giorgi, a cargo del Juzgado Criminal y Correccional Federal 8, después que el fiscal Eduardo Taiano solicitara el sobreseimiento de todos los investigados. El magistrado concluyó que los hechos denunciados no encuadraban en las figuras penales analizadas y aplicó el artículo 336, inciso tercero, del Código Procesal Penal de la Nación.

