El Gobierno nacional aprobó cambios en el sistema de Verificación Técnica Vehicular (VTV) mediante una modificación al Decreto 779/1995, reglamentario de la Ley Nacional de Tránsito.
A partir de la reforma, cualquier taller o empresa que demuestre capacidad técnica podrá realizar la Revisión Técnica Obligatoria (RTO), siempre que se inscriba en el nuevo Registro Nacional de Talleres de Inspección Técnica de Vehículos.
La medida también actualiza los requisitos técnicos y los estándares de emisiones y condiciones mecánicas de los vehículos, de acuerdo con normas internacionales. Además, establece que los talleres deberán informar en tiempo real los resultados de cada inspección para mantener su habilitación.
En cuanto a la frecuencia de las revisiones, los vehículos particulares de hasta 10 años deberán realizar la RTO cada dos años, los de más de 10 años una vez por año, mientras que los vehículos destinados al transporte de pasajeros y de carga continuarán con controles semestrales.