El gobierno nacional elevó de 6,6% a 6,8% la alícuota del impuesto que pesa sobre la factura de gas para financiar el subsidio que se otorga a zonas frías. Lo hizo a través de la Resolución 1253/2025 del Ministerio de Economía que se publicó hoy en el Boletín Oficial.
El recargo del 6,80 % se aplicará sobre el precio del gas
natural en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST) por cada metro
cúbico 9300 kcal que ingrese al sistema de ductos en el territorio nacional e incluye
los volúmenes involucrados en el autoconsumo.
La normativa especifica que este recargo deberá ser trasladado a las facturas por consumos finales de los usuarios de los servicios que se encuentren afectados. Las empresas distribuidoras o subdistribuidoras de gas natural no registrarán ganancias ni pérdidas derivadas de su aplicación.
De igual forma, las comercializadoras deberán aplicar y
trasladar el recargo, en su exacta incidencia, sobre el precio del gas natural
adquirido en el PIST.