El Gobierno oficializó este lunes la derogación de la
cédula azul para la conducción de vehículos, argumentando que este documento “carece de sustento y aplicación
prácticos”. Además, estableció que la Cédula Verde no tendrá fecha de
vencimiento.
La decisión,
anunciada previamente por el Ministerio de Justicia hace 10 días, se formalizó
mediante la Disposición 29/2024 de la Dirección Nacional de los Registros
Nacionales de la Propiedad del Automotor (DNRPA), publicada en el Boletín
Oficial.
Según el Poder
Ejecutivo, la cédula azul, conocida como “Cédula de Identificación para
autorizado a conducir”, permitía al titular de un vehículo autorizar a
terceros para su manejo. Sin embargo, con el establecimiento del no
vencimiento de las Cédulas de Identificación por el Decreto de Necesidad y
Urgencia 70/2023, la utilidad práctica de la cédula azul se vio comprometida,
justificando así su derogación; que rige desde hoy.
A partir de ahora, se emitirá una cédula verde original
en diversos trámites, los cuales
incluyen la inscripción Inicial, transferencias, comunicaciones de recupero,
cambios de radicación o domicilio, entre otros casos específicos.
Estas cédulas se
expedirán en formato físico y digital, siendo la versión física disponible para
su retiro en el legajo del dominio y la digital accesible a través del “Perfil
Digital del Ciudadano” en la aplicación “Mi Argentina”.
La DNRPA no expedirá
la cédula en casos como la falta de titularidad del peticionario, denuncias de
robo o hurto sin recupero, órdenes judiciales o administrativas que prohíban la
circulación del vehículo, entre otros.
Además, se establece que las Cédulas de Identificación
del Automotor y del Motovehículo no caducarán mientras no haya cambios en la
titularidad del vehículo, salvo en
casos específicos donde se determine un plazo de vigencia.
Los duplicados de
estas cédulas podrán ser solicitados y expedidos electrónicamente para
titulares registrados como personas humanas y se emitirán sin fecha de
vencimiento, a menos que una norma vigente fije un plazo determinado.
Por último, se aclaró
que las cédulas verdes emitidas anteriormente y que contengan una fecha de
vencimiento en su formato físico, así como las cédulas azules ya emitidas,
seguirán siendo válidas hasta que sean revocadas por el solicitante.
LA DOCUMENTACIÓN Y ELEMENTOS NECESARIOS PARA CIRCULAR HOY
SON:
-Documento Nacional
de Identidad (DNI).
-Licencia Nacional
de Conducir.
-Cédula verde.
-Comprobante de
seguro vigente.
-Constancia de
Revisión Técnica Obligatoria (RTO) o Verificación Técnica
Vehicular (VTV).
-Chapas patente
colocadas visibles, sin alteraciones y en buen estado.
-Matafuegos con
fecha vigente y balizas triangulares.
La simplificación de requisitos y trámites para la
adquisición y registración de un automóvil fue una de las promesas de campaña que se plasmaron en el contenido del DNU del
21 de diciembre.
¿QUÉ ES LA CÉDULA VERDE?
La cédula verde es el documento que certifica la
vinculación entre un vehículo y su propietario. En ella figuran la identidad y domicilio del titular y los datos de
completos del automóvil incluyendo dominio (patente), marca, modelo, tipo y dos
datos fundamentales como son los números de chasis y motor.
Hasta ayer, las cédulas verdes tenían fecha de
vencimiento de un año respecto a la fecha en que se hizo la inscripción del
nuevo titular. Sin embargo, esa
fecha de vencimiento no impedía el uso por parte del propietario inscripto como
tal.
En cambio, cualquier
otra persona podía conducir el vehículo aún no siendo titular mientras la
cédula verde no estuviera vencida. Una vez caducada esa vigencia, la única
forma legal de permitir que un tercero condujera un vehículo, era a través de
otro documento, el cual fue llamado cédula azul.
Esto ahora no sucederá más, la cédula verde no vence y
sólo deberá ser reemplazada cuando se cambie la titularidad de un automóvil.
Fuente: Infobae