Luego que un jurado popular declarara
culpables por homicidio criminis causa agravado por el uso de arma de fuego a
Fabián Rossi, en calidad de autor, y
a Juan Manuel Mejuto, como partícipe secundario, en el hecho que tuvo como víctima a Juan Ramón Romero Miranda, las
partes realizaron el pedido de pena.
El fiscal Jorge Viego, titular de la UFIJ N° 5, solicitó que Rossi sea condenado a prisión perpetua, mientras que para Mujuto pidió que la pena sea de 19 años y medio de prisión.
Por su parte, el abogado de Rossi, Juan Vitalini, no argumentó demasiado y “guardará” fundamentos para un recurso que pueden presentar ante jueces de Casación.
En tanto, el defensor de Mejuto, Mariano Jara, solicitó 10 años de cárcel basándose en el artículo 46 del Código Penal, que en su último párrafo establece que los partícipes secundarios de un delito reciben una pena reducida en comparación con el autor principal. En casos donde la pena es de perpetua, la participación secundaria se castiga con una condena que puede variar entre los 10 y los 15 años.
Según la causa, el hecho ocurrió el 6 de septiembre de 2021, en el interior del domicilio ubicado en Hueque 90 del Barrio Patagonia, cuando Mejuto, Rossi y otras personas no identificadas, con el fin de facilitar la comercialización de estupefacientes por parte de estos, mataron a Romero Miranda. Para cometer el crimen, habrían utilizado un arma blanca, con la que le provocaron múltiples heridas en el cuero cabelludo, y un arma de fuego, que usaron para efectuarle un disparo en la nuca.
Por último, se informó que el fallo del juez técnico, Eduardo d´Empaire, se conocerá el próximo martes 24 de junio a las 12 del mediodía.