En el Decreto 1027/2024 del Boletín Oficial, firmado por el
presidente Javier Milei y el jefe de Gabinete Guillermo Francos, se
establecieron los días no laborables con fines turísticos para el año 2025.
Según el artículo 1° del decreto, las fechas designadas son:
Viernes 2 de mayo, que se suma al Día del Trabajador, que es
el 1.
Viernes 15 de agosto, en la víspera del 17 del mismo mes,
paso a la inmortalidad del General José de San Martín.
Viernes 21 de noviembre, cerca del Día de la Soberanía
Nacional, fijada el 20.
Entre los considerandos, el decreto señala que “mediante la
Ley N° 27.399 se establece el régimen de feriados nacionales y días no
laborables” y que “por el artículo 6° de la norma mencionada se determina que
los feriados nacionales trasladables previstos en la citada ley cuyas fechas
coincidan con los días martes y miércoles serán trasladados al día lunes
anterior y los que coincidan con los días jueves y viernes, al día lunes
siguiente”.
El documento también indica que la Ley N.º 27.399 “faculta
al Poder Ejecutivo Nacional a fijar anualmente hasta TRES (3) días feriados o
no laborables destinados a promover la actividad turística, que deberán
coincidir con los días lunes o viernes.” Según el texto, “dicha facultad
deviene en una política destinada a impulsar el turismo interno de la República
Argentina” y busca “coadyuvar a disminuir los efectos negativos de la
estacionalidad del sector turístico, procurando distribuirlos en el tiempo”.