El Ministerio de Salud de la Nación reglamentó un nuevo esquema para la atención de extranjeros no residentes en los hospitales administrados por el Estado nacional. La medida establece que quienes no cuenten con residencia permanente deberán pagar las prestaciones que no sean consideradas urgencias o contar con un seguro de salud que cubra los costos. En caso de tener cobertura, el hospital podrá facturar directamente a la aseguradora.
Las emergencias médicas continuarán siendo atendidas de manera inmediata y no podrán ser rechazadas ni demoradas por cuestiones administrativas o migratorias.
El procedimiento contempla como situaciones de emergencia, entre otras, infartos, accidentes cerebrovasculares, traumatismos graves, hemorragias importantes, paro cardiorrespiratorio y emergencias obstétricas, pediátricas y neonatales. Si existen dudas sobre la gravedad del cuadro, deberá priorizarse la atención hasta que el profesional determine su clasificación.
Para las consultas, estudios o intervenciones programadas, los extranjeros sin cobertura deberán abonar previamente el 100% del valor de la prestación según el nomenclador vigente. En tanto, los residentes permanentes conservarán el acceso al sistema de salud nacional en igualdad de condiciones con los ciudadanos argentinos.
La resolución busca unificar los procedimientos de los hospitales nacionales y establecer un mecanismo para recuperar los costos de la atención brindada a extranjeros no residentes.