La primera cuota del Sueldo Anual Complementario (SAC), conocido como aguinaldo, debe ser abonada a más tardar el 30 de junio, según estipula la ley 27.073. No obstante, este plazo puede extenderse hasta cuatro días hábiles, por lo que este año el pago del aguinaldo podrá efectuarse hasta el 6 de julio de 2024.
Respecto al segundo tramo del aguinaldo, que se paga en diciembre, el empleador tiene hasta el 18 de ese mes para realizar el pago. También en este caso aplica la extensión de cuatro días hábiles.
Cada medio aguinaldo es equivalente al 50% (la mitad) de la mayor remuneración mensual por todo concepto dentro del semestre en que se liquida. Para ese cálculo, se tienen en cuenta las horas extra y se excluye todo lo “no remunerativo”.
Sobre el mejor sueldo bruto.
Se hacen los descuentos de jubilación y obra social, entre otros.
Así se llega a la suma “neta” o de bolsillo.