El Gobierno modificó por decreto la ley 25.871 que regula la política
migratoria y, según publicó este jueves en el Boletín Oficial, entre los
cambios se destacan que se la administración nacional endurece las
deportaciones y el acceso a la ciudadanía, mientras que habilita el
arancelamiento del sistema sanitario y señala que, si las universidades lo desean,
pueden cobrar por el servicio a los extranjeros.
Se trata del DNU 366/2025 y en uno de los artículos indica:
"El Estado en todas sus jurisdicciones asegurará el acceso igualitario de
los inmigrantes a las mismas condiciones de protección, amparo y derechos de
los que gozan los nacionales, de acuerdo con los derechos y obligaciones
correspondientes a cada categoría migratoria, en particular en lo referido a
servicios sociales, bienes públicos, salud, educación, justicia, trabajo,
empleo y seguridad social".
"Los extranjeros tendrán derecho, aun cuando su condición
migratoria fuera irregular, a ser admitidos como alumnos en un establecimiento
educativo inicial, primario o secundario, ya sea público o privado; nacional,
provincial o municipal, para lo cual su situación migratoria no podrá ser causa
de discriminación alguna. Las autoridades de los establecimientos educativos
deberán brindar orientación y asesoramiento respecto de los trámites
correspondientes a los efectos de subsanar la irregularidad migratoria”, señala
en otro artículo.
Además, manifiesta que "en casos de emergencia, no
podrá negársele ni restringírsele el acceso a la asistencia social o a la
atención sanitaria a todos los extranjeros que lo requieran, cualquiera sea su
situación migratoria. Los extranjeros residentes permanentes podrán acceder al
sistema de salud público en igualdad de condiciones que los ciudadanos
argentinos".
"Por fuera de los supuestos establecidos en los
párrafos precedentes, en los establecimientos que brinden atención sanitaria
administrados por el ESTADO NACIONAL, solo se brindará tratamiento médico o
atención sanitaria habitual contra la presentación de un seguro de salud o la
previa cancelación del servicio, de conformidad con las condiciones que
establezca el MINISTERIO DE SALUD”, añade.